En todas e qualesquier cabsas çeviles, diçensyones, pleitos e controuersias que entre ellos acahesçen
CITA TEXTUAL
Martín V en su bula del 13/02/1427: “en todas e qualesquier cabsas çeviles, diçensyones, pleitos e controuersias que entre ellos acahesçen sobre qualesquier cosas e negoçios, que puedan conprometer e conprometan en qualesquier judíos árbitros amigables conponedores y que los dichos conpromisarios árbitros componedores puedan conponer e concordar e igualar e dar sentençia e arbitramiento… mas en las cabsas esprituales requieran a los ordinarios, e en los çeviles negoçios e cabsas requieran a aquellos a quien pertenesçe de derecho” (p.197)
TRADUCCIÓN DE LA CITA
COMENTARIOS A LA CITA
El papa Martín V, en una coyuntura difícil, concede al rey Juan II una bula de protección a los judíos, siguiendo la línea de la concedida en 1421, en la que describe con claridad lo que está pasando con los predicadores, las intimidaciones, ataques y bautismos que sufren los judíos, los protege para que todo ello no ocurra y dispone autonomía judicial en las causas civiles con penas pequeñas con sus propias partes como arbitrajes amistosos. No se habla de jueces realmente, pero los jueces deben darles justicia sumaria y simple con lo que han acordado. Las limitaciones son mayores, pues en las causas espirituales se requiere a los obispos y en las civiles a los que pertenece de derecho a los que los judíos quedan sujetos.
Pragmática real de Juan II del 28 de agosto de 1450
AUTOR
Rey Juan II de Castilla
FECHA
1450