TÉRMINO

Causas Civiles (Cabsas çeviles)

Expresión original

Cabsas çeviles

TÉRMINOS RELACIONADOS

ÍNDICE TEMÁTICO

Ejercicio y conflictos de jurisdicción Judiciales y jurisdiccionales Pleitos y tribunales

OBRAS

(en las que aparece)

CITAS

(en las que aparece)

En todas e qualesquier cabsas çeviles, diçensyones, pleitos e controuersias que entre ellos acahesçen

CITA TEXTUAL

Martín V en su bula del 13/02/1427: “en todas e qualesquier cabsas çeviles, diçensyones, pleitos e controuersias que entre ellos acahesçen sobre qualesquier cosas e negoçios, que puedan conprometer e conprometan en qualesquier judíos árbitros amigables conponedores y que los dichos conpromisarios árbitros componedores puedan conponer e concordar e igualar e dar sentençia e arbitramiento… mas en las cabsas esprituales requieran a los ordinarios, e en los çeviles negoçios e cabsas requieran a aquellos a quien pertenesçe de derecho” (p.197)

TRADUCCIÓN DE LA CITA

COMENTARIOS A LA CITA

El papa Martín V, en una coyuntura difícil, concede al rey Juan II una bula de protección a los judíos, siguiendo la línea de la concedida en 1421, en la que describe con claridad lo que está pasando con los predicadores, las intimidaciones, ataques y bautismos que sufren los judíos, los protege para que todo ello no ocurra y dispone autonomía judicial en las causas civiles con penas pequeñas con sus propias partes como arbitrajes amistosos. No se habla de jueces realmente, pero los jueces deben darles justicia sumaria y simple con lo que han acordado. Las limitaciones son mayores, pues en las causas espirituales se requiere a los obispos y en las civiles a los que pertenece de derecho a los que los judíos quedan sujetos.

OBRAS

(en las que aparece)

Pragmática real de Juan II del 28 de agosto de 1450

AUTOR

Rey Juan II de Castilla

FECHA

1450

COMENTARIO DE LA OBRA

1450, octubre, 20. Medina del Campo. Traslado de una Carta Real de confirmación de privilegios y de seguro que Juan II otorgó a las comunidades judías de Castilla en Arévalo el 28 de agosto de 1450, expedida a petición del Procurador General de las aljamas Sem Tob Alpullate, perteneciente a la aljama de Alcalá de Henares. La carta inserta las bulas favorables a los judíos del papa Martín V (20/09/1421 y 13/02/1427), de Eugenio IV (24/12/1436) y se refiere a la bula de Nicolas V de 1447 en un intento por anular la bula antijudía de Eugenio IV, Super Gregem Dominicum de 1442.

EDICIÓN

CASTAÑO GONZÁLEZ, Javier, “Las aljamas judías de Castilla a mediados del siglo XV: la Carta Real de 1450”, En la España medieval, 18 (1995), pp.181-203.