TÉRMINO

ynfieles

Expresión original

ynfieles

Ynfieles, plural de infiel. del latin infidelis

TÉRMINOS RELACIONADOS

ÍNDICE TEMÁTICO

Comunidades en el espacio y el tiempo Costumbres y moral Cuerpo, sangre y raza Familia, ancestros y linaje Prácticas intergrupales denostadas (heterodoxia)

OBRAS

(en las que aparece)

CITAS

(en las que aparece)

Ni duerman ni casen con ynfieles, así hombres como mujeres

CITA TEXTUAL

«No puede casar el hombre con la que fué esposa de su padre , ni con quien durmió su padre o besó ó puso la mano sobre ella con deleye; ni el padre con la que el hijo tubo aquellos tales grados ó alguno de ellos, No puede el hombre cassar con  la muger que haya tomado la leche del pecho de donde él aya tomado antes dél, ó después dél, ó en su tiempo; ni ella con él . Ni puede casr con las parientas principales, que son la tía hermana del padre ó e la madre ; ni con la hija del hermano , ó la hija de la hermana. Ni puede casar con el ama de quien tomó la leche , ni con su suegra , ni con su entenada hija de su muger, ni con dos hermanas en bida; ni duerman ni casen con ynfieles, asi hombres como mujeres». (p.340-341)

TRADUCCIÓN DE LA CITA

COMENTARIOS A LA CITA

El texto corresponde a un  fragmento del capítulo XXVII en el que se describen las normas básicas para los matrimonios en las comunidades mudéjares estableciendo prohibiciones  tanto para hombres como para mujeres. Si bien por una parte se establecen las normas contra el incesto por las que se prohiben las relaciones consagúíneas, se introduce una novedad al tradicional matrionio coránico, la prohibición de matrimonio o de relaciones sexuales con infieles. Las cuatro escuelas de derecho sunitas coinciden en la posibilidad de matrimonio entre un hombre musulmán y una mujer no musulmana (mujeres del  Pueblo del Libro). Sin embargo, no está permitido que un hombre musulmán se case con una mujer zoroastriana o pagana.  Y una mujer musulmana tiene derecho a casarse con un hombre musulmán exclusivamente ya que en las sociedades patriarcales medievales , la descendencia solía seguir la religión del padre.  Estas decisiones se basan en versículos coránicos así como en las tradiciones del Profeta. El versículo coránico 2, 221 prohíbe casarse con un politeísta; «Y he aquí, tu mujer estará con los idólatras hasta que crean», y el versículo 5:5 permite casarse con una mujer de religión monoteísta: «Y la mujer justa de quienes recibieron la Escritura antes de ti (te es lícita)». El permiso del verso inferior también está respaldado por una tradición profética: “Nos casaremos con las mujeres del Pueblo del Libro (ahl kitāb), pero ellos no se casarán con nuestras mujeres”. A pesar de que a los musulmanes se les permite tomar mujeres no musulmanas como esposas, juristas destacados desaprueban esta acción, aunque no la prohíben. Al-Shāfi’ī (m. 204/820) afirma que prefiere no hacerlo, y se informa que a Mālik le desagradan tales matrimonios y los considera «vinculantes y reprensibles» debido a las diversas prácticas religiosas de una mujer no musulmana y su consumo de productos prohibidos en el Islam, como el vino y el cerdo. Ahmad b. Hanbal (m. 241/855) también expresa su desaprobación de estos matrimonios, aunque admite su permisibilidad. Una vez concluido un matrimonio interreligioso, la mayoría de los juristas coinciden en que la mujer no musulmana debe ser tratada en igualdad de condiciones que las demás esposas y debe tener derecho a practicar su religión según sus prescripciones. A mediados del siglo XIV  cuando se escribe este texto lo que era desaprobado se convierte en una prohibición taxativa, este cambio habría que entenderlo en el marco de las fórmulas ideadas por las elites religiosas del mudejarismo castellano a fines de la Edad Media para mantener la unidad del grupo a salvo de interferencias externas que contribuyesen a su disolución en un contexto de fragilidad interna muy condicionado por el incremento de la presión jurídica y social por parte de la mayoría cristiana.

OBRAS

(en las que aparece)

Breviario Sunní

AUTOR

Içe Gebir, Īśa ibn Jābir, Iça Gidelli

FECHA

1462

COMENTARIO DE LA OBRA

Breviario Sunní es el nombre que menciona el propio autor en el prefacio de la obra, aunque también se conoce como Suma de los mandamientos y devedamientos de la santa ley y sunna, tal y como aparece en su título. En el siglo XVI, se conoció como  Kitāb  Segoviano (“El libro segoviano”) y alternativamente Çum Segoviano (“Summa segoviana”), claramente derivado del lugar donde se escribió. La obra consta de 60  capítulos y es un tratado jurídico en castellano para los mudéjares de Segovia que habían perdido el uso del árabe. Consta de 60  capítulos, comenzando con el credo ʿaqīda, titulado los trece artículos de la fe;  un capítulo dedicado a las máximas éticas y un resumen de cuestiones básicas de fiqh, derecho, tanto ʿibādāt (obligaciones devocionales individuales) como muʿāmalāt (relaciones sociales), según la escuela de derecho mālikī. Aunque ninguno de los manuscritos existentes está fechado, todos incluyen una referencia a que la obra fue escrita por Içe en Segovia en 1462. Aunque es una obra de derecho islámico por su contexto de producción , la ciudad de Segovia en 1462, una de las aljamas más importantes de Castilla donde existe una integración de los mudéjares  con la población cristianas , hay influencias de prácticas jurídicas cristianas como la posibilidad de que un cristiano heredase de un musulmán cuando no existiese otro heredero tal y como se determina en las Partidas ( circa 1265) ,donde se establecía la posibilidad que un cristiano heredase los bienes de su esclavo musulmán cuando no existían otros herederos.  La contaminación de las prácticas jurídicas cristianas es constante, llegándose incluso a alterar las prácticas matrimoniales coránicas restringiéndose el matrimonio a creyentes entre  el Islam, como espejo de lo que se establecía  en las leyes castellanas recalcado en  las Leyes de Ayllón de 1412, donde  establecían las prohibiciones  de matrimonios mixtos y las relaciones sexuales interconfesionales por miedo a la contaminación de la fe. Es muy posible que exista una relación entre la redacción del Breviario Sunní y la aplicación de la ley islámica por parte de los jueces cristianos locales, que era la costumbre en Segovia a partir de mediados del siglo XV.  

EDICIÓN

Villanueva Zubizarreta, Olatz, " Los mudéjares del norte de Castilla en vísperas del bautismo: expresiones religiosas de un Islam que no fue al-Ándalus", eHumanista/Conversos 3 ,(2015),pp.195-209. Wiegers, Gerard, Christian-Muslim Relations. A Bibliographical History, ed. Davd Thomas et alli, Leiden, Brill, 2013, pp. 467-470.