CITAS

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En quien la paz e unidad deve resplandeçer por parte de la carne o linaje, fazen discreçion e diferençia

CITA TEXTUAL

«Contra esta apostolica doctrina fazen aquellos que entre los fieles, en quien la paz e unidad deve resplandeçer por parte de la carne o linaje, fazen discreçion e diferençia a aquellos que entre los mienbros de un cuerpo, que son todos los fieles unificados por un espíritu, non por virtudes nin por dones de graçia que en ellos obre el Espiritu Santo, mas por linaje, vituperan e maltraen unos a otros,» (pp-423-424).

TRADUCCIÓN DE LA CITA

COMENTARIOS A LA CITA

La cita refiere al «cuerpo» de los cristianos que es una unidad y acusa a los que quieren hacer diferencias, hacerlas por el linaje y la «carne», sin tener en cuentas cosas más importantes como los dones de gracia. El recurso argumental al linaje y la carne tiene aquí una connotación negativa para quien lo use. El autor identifica este término con el de linaje y sangre en boca de los autores anticonversos y lo contrapone con alma, méritos y virtudes (p.423). Sin embargo, la polisemia medieval le lleva a contraponer y emplear idénticos argumentos para loar el linaje, la verdadera carne e preçiosa sangre de Nuestro Señor de la simiente de Abraham (p.426). Esta es la tercera diferencia que el tratado discute en el artículo primero y sigue el Tractado contra los Madianitas e Ismaelitas de Juan de Torquemada al hacer la más grave aseveración al alegar que todos los cristianos son, en definitiva, conversos del pueblo ysrraelitico o del pueblo gentil y alega que solo se les distingue «por sola discrecion del tiempo porque unos por más antiguo tienpo o sus padres, e otros por menos tiempo, son profesos en la cristiana religión.» (p.425). Es un argumento muy arriesgado que está luchando por el campo semántico positivo de la palabra «converso», desligada del origen y los ancestros. Afirma que no se puede comparar a los que descienden del pueblo israelita, que es al que perteneció Cristo, con otros pueblos: «se faga esta diferençia con las otras naçiones de los paganos e de los moros, que fueron pueblos a Dios aborreçibles.» (p.525). La discusión de la sexta diferencia le lleva a argumentar que Dios quiso nacer no solo en linaje ajeno, sino de adulterinas mezclas, así vino del linaje de Tamar dando esperanza «que en qualquier manera que seamos nasçidos, tanto que siguamos sus pisadas, [de Cristo] de su santo cuerpo non seamos apartados, de quien por ffe somos fechos mienbros». (p.427) El argumento sigue a Díaz de Montalvo y responde a ideas que se están debatiendo socialmente con fuerza: que el mestizaje no es negativa, que el linaje judío no es odioso.

OBRAS

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AUTOR

FECHA

COMENTARIO DE LA OBRA

Se trata de un discurso de unos 20 folios de tono técnico jurídico en romance, que no formó parte de la documentación de la pesquisa-inquisición llevada a cabo entre octubre y abril de 1461-62 en la ciudad de Toledo por orden del Arzobispo Alonso Carrillo y bajo la dirección de Alonso de Oropesa y el obispo de Coria, Íñigo Manrique de Lara, sino de una defensa de la necesidad de prohibir a los franciscanos observantes predicar. El texto argumenta de forma clara y decidida recogiendo los argumentos de las corrientes proconversas que contestaron en contra de la Sentencia-Estatuto y el Memorial de Marcos García de Mora durante toda la década de los 50. Muestra a los franciscanos como revitalizadores y resemantizadores de los argumentos anticonversos de 1449, que encabezaba Alonso de Espina, carismático predicador, confesor de Enrique IV y hombre con una gran prestigio en la corte. El discurso es solo un poco anterior de que se acabarán de escribir el Lumen ad revelationem de Oropesa y el Fortalitium Fidei de Alonso de Espina. El texto se conserva en 2 manuscritos: uno de la segunda mitad del siglo XV y otro de la segunda mitad del siglo XVI. El original no tiene título ni fecha, por lo que el editor propone: “Discurso sobre la predicación anticonversa”, que se ha asumido en esta entrada como tal. La estructura del argumento se organiza en 3 artículos en los que: el primero, dividido en 6 causas, explica la situación que se presenta por la predicación incendiaria y difamatoria de los franciscanos radicales en las ciudades; el segundo, dividido en 7 razones, aborda lo que es una buena predicación y por qué los franciscanos no cumplen con sus requisitos, si no, bien al contrario, dan sermones escandalosos para airar al pueblo y crear disturbios; el tercero, dividido en 6 razones para levantar la voz de alarma de los predicadores y 12 motivos en lo que discute directamente el "libelo" que envió al tribunal inquisitorial el franciscano observante, Rodrigo de Vascones, en respuesta a la carta de los inquisidores que solicitaba a los franciscanos interrumpir sus predicaciones hasta que el tribunal tuviera un veredicto. Vascones contestó en su carta, que debió de ser una larga alegación en la que presentan 12 casos concretos que les han llevado a predicar, que el tribunal no tenía jurisdicción para prohibirles predicar. El texto es una prueba irrefutable de la confrontación de órdenes contemporáneas en el período, también de la estrategia consciente franciscana de movilizar a la población urbana contra los conversos y provocar disturbios y tensiones populares contra ellos. Hay evidentemente entre estas dos órdenes y niveles de jurisdicción una lucha por ganar la capacidad de predicar a las masas de forma autónoma sin la aprobación de los obispos. De hecho en la pesquisa que se llevó a cabo en Toledo en 1449 para ver si los conversos judaizaban actuaron canónigos de la catedral sin la aprobación del arzobispo Alonso de Carrillo. Puede ser también importante unir este Discurso con la obra de Gutierre de Palma, "Breue reprehensorium ad quosdam fratres religiosos", datada recientemente en el Toledo de 1465, en defensa de los conversos con argumentos similares contra los predicadores mendicantes.

EDICIÓN

Izbicki, Thomas M., "Juan de Torquemada's Defense of the 'Conversos'", Catholic Historical Review 85 (1999), 195-207. Sigüenza, José de, Historia de la Orden de San Jerónimo, ed. Juan Catalina García, Madrid, Bailly Baillière, 1907, volumen I, pp.340-360.