TÉRMINO

Predicadores

EXPRESIÓN ORIGINAL

Predicadores

TÉRMINOS RELACIONADOS

CITAS (en las que aparece)

Indiscretos predicadores que inflamados de odio e cobdiçia, llenos de avariçia

CITA TEXTUAL

«…indiscretos predicadores que inflamados de odio e cobdiçia, llenos de avariçia, son çegados e usurpan la santa ffe cristiana, criando en ella sçisma e division, presumiendo ser justos e llenos de ffe… e so espeçie de ovejas con seviçia bestial, asy como lobos despedaçan a los fieles e fazen fuyr del corral de la santa ffe» (p.424).

TRADUCCIÓN DE LA CITA

COMENTARIOS A LA CITA

El texto se refiere a los franciscanos observantes que predican por las calles sermones inflamatorios. Los designa como «frailes predicadores» o «padres predicadores». Solo en la presentación del discruso explica que son «çiertos e devotos religiosos frailes menores de la Orden de la Observançia» (p.421). El texto no ahorra en calificativos negativos: sigue a Juan de Torquemada y La causa conversa de Díaz Montalvo. En la cuarta diferencia del Artículo Primero, el autor los denomina «ministros del diablo» siguiendo la expresión de Torquemada y concluye que pretenden matar, perseguir y destruir hasta niños convertidos antes de que lleguen a tengan amor a la fe católica (p.426). El texto opone al «buen predicador» de «predicación begnivola» (p.430), caritativa, santa (p.431) que es como las granadas con castañuelas y que pretende que estén todos los granos juntos que es símil con la unidad de la fe de muchos «pueblos e linajes.. aunque sean diversos por meritos e virtudes» (p.429) frente a estos malos predicadores; compara las palomas de los buenos predicadores con estos cuervos que de la sangrienta y mortífera predicación crean división y cisma (p.431). En el Artículo Tercero, se explica que la primera causa alegada por los franciscanos cuando fueron preguntados por el tribunal de Toledo de 1461-62 sobre por qué predicaban con tanta vehemencia ellos alegaron que era por la pública fama de los judaizantes que son todos malos cristianos. El autor del discurso lo niega y los acusa de «ca solos los dichos padres son los disfamantes» y que si no predican la verdad serían «peores que robadores de los bienes e sustançias de los próximos» (se atiene al Canon Quidam, V, 1.I de Graciano). Les acusa de presentarse como «sedulos zeladores de la fee», pero ser en verdad «destruidores, detractores, senbradores de zizania, de sçisma… ronper la unidad de la santa fe católica» (p.433). Los acusa de diseminadores de noticias falsas: «maestros de errores, non disçipulos de verdad, queriendo mudar la mentira en color de verdad,» (p.433). No tienen fin las acusaciones sobre su «mala entinçion, poniendo escandalo en todos los lugares» que refieren a cánones de Graciano como: c.Transferunt, 24, q.3, c.33, «los quales, con venenosas palabras e con odio mortal, molestan e persiguen por injurias, denuestos e daños a los fieles cristianos nuevamente convertidos a la santa fee cristiana». Incluso añade que es el diablo el que los llena de envidia (p.433). Ante la alegación de los predicadores de que les «fue nesçesario de lo sacar a publico» se les acusa de detraer jurisdicción de los prelados y de que eso tiene la pena de maldición eterna según los sacros cánones y que su responsabilidad es mayor que quien comete pecado, pues predican de vicios ajenos, sin ver los propios. Los compara a escribanos y fariseos. Los acusa de causar heréticas diferencias entre cristianos (p.439) y todavía sube más el tono de la acusación afirmando que a los cristianos nuevos «les ponen lazos e asechanzas para que caygan, segund que los dichos indiscretos detractores fazen» (p.439). La acusación es muy grave porque un tribunal inquisitorial presidido por Alonso de Oropesa está evaluando si los franciscanos observantes premeditadamente hacen caer a los neófitos en acusaciones heréticas.

OBRAS (en las que aparece)

AUTOR

FECHA

COMENTARIO DE LA OBRA

Se trata de un discurso de unos 20 folios de tono técnico jurídico en romance, que no formó parte de la documentación de la pesquisa-inquisición llevada a cabo entre octubre y abril de 1461-62 en la ciudad de Toledo por orden del Arzobispo Alonso Carrillo y bajo la dirección del prior Jerónimo Alonso de Oropesa y el obispo de Coria, Íñigo Manrique de Lara, sino de una defensa o debate sobre la necesidad de prohibir a los franciscanos observantes predicar, que pudo ser parte de tal inquisición o precederla. El texto se hace eco de los argumentos fuertes de las corrientes proconversas que contestaron la Sentencia-Estatuto de Pedro Sarmiento y el Memorial de Marcos García de Mora durante toda la década de los años 50. El manuscrito presenta a los franciscanos como revitalizadores y resemantizadores de los argumentos anticonversos de 1449, en los años 60. Lo hicieron liderados por Alonso de Espina, carismático predicador, confesor de Enrique IV y hombre con un gran prestigio en la corte. El discurso es anterior al momento en el que se acabaron de escribir dos obras fundamentales y opuestas de la época: el Lumen ad revelationem... de Alonso de Oropesa y el Fortalitium Fidei de Alonso de Espina. El texto se conserva en 2 manuscritos: uno de la segunda mitad del siglo XV y otro de la segunda mitad del siglo XVI. El original no tiene título ni fecha. El editor propone: “Discurso sobre la predicación anticonversa”. La estructura del argumento se organiza en tres artículos: el primero, dividido en 6 causas, explica las consecuencias de los sermones incendiarios y difamatorios contra los conversos que predicaban los franciscanos observantes en las ciudades; el segundo artículo, dividido en 7 razones, describe las características de una buena predicación y explica por qué los franciscanos no cumplen con sus requisitos sino, bien al contrario, cómo los mendicantes hacen sermones escandalosos para indignar al pueblo que crean disturbios y enfrentamientos; el tercer artículo, dividido en 6 razones, intenta compensar el alarmismo de los predicadores y da 12 motivos en los que discute directamente el "libelo" que envió al tribunal inquisitorial el franciscano observante, Rodrigo de Vascones, en respuesta a la carta de los inquisidores que solicitaba a los franciscanos interrumpir sus predicaciones hasta que el tribunal tuviera un veredicto. Vascones contestó, en lo que debió de ser una larga alegación o carta, pues en ella presenta 12 casos concretos que les han impulsado a predicar, que el tribunal no tenía jurisdicción para prohibirles predicar. El texto es una prueba irrefutable de la confrontación de órdenes contemporáneas en el período, también de la estrategia consciente franciscana de movilizar a la población urbana contra los conversos y provocar disturbios y tensiones populares contra ellos ignorando la autoridad de los obispos diocesanos. Franciscanos y dominicos desafiaban la jurisdicción episcopal y defendían su derecho a predicar a las masas de forma autónoma sin necesitar la aprobación de los obispos. De hecho en la pesquisa que se llevó a cabo en Toledo en 1449 para acusar a los conversos de judaizantes, actuaron canónigos de la catedral sin la aprobación del arzobispo Alonso de Carrillo. Posiblemente este discurso tenga relación con la obra de Gutierre de Palma, Breue reprehensorium ad quosdam fratres religiosos, datada recientemente en Toledo en 1465, en defensa de los conversos, que desarrolla argumentos similares contra los predicadores mendicantes.  

EDICIÓN

Bautista, Francisco, “Predicación anticonversa, inquisición y tolerancia en un discurso de 1461-1462: en torno a Alonso de Oropesa y Alonso de Espina”, Medieval Encounters 28 (2022), pp.420-446.

BIBLIOGRAFÍA

Izbicki, Thomas M., "Juan de Torquemada's Defense of the 'Conversos'", Catholic Historical Review 85 (1999), pp.195-207. Sigüenza, José de, Historia de la Orden de San Jerónimo, ed. Juan Catalina García, Madrid, Bailly Baillière, 1907, volumen I, pp.340-360.