E por contagio pueden dañar a los otros, sean expelidos de los pueblos
CITA TEXTUAL
Los RR.CC. alegan en su decreto de expulsión de 1492 que los judíos pervierten el buen vivir de las ciudades: «Porque quando algun grave e detestable crimen es cometido por algunos de algun colegio e unibersidad, es razón que el tal colegio e unibersidad sean disolvidos e anihilados e los menores por los mayores e los unos por los otros punidos, e que aquellos que perbierten el bien e honesto bevir de las çibdades e villas, e por contagio pueden dañar a los otros, sean expelidos de los pueblos, e aun por otras mas leves causas que sean en daño de la re publica, quanto mas por el mayor de los crimines e más peligroso e contagioso como lo es este.» (p.446).
TRADUCCIÓN DE LA CITA
COMENTARIOS A LA CITA
La cita trata a la aljama como otra universidad por su autonomía jurisdicional. Sus relaciones de convidencia con los cristianos se califican de contagiosas y el adjetivo se equipara con peligro y con crimen. Se condensan en la frase los elementos que, sin recurrir a acusaciones fantasiosas sobre los judíos, derrumba todo el sistema de convivencia que venía funcionando hasta mediados del siglo XV al alegar que la presencia y actividades de los judíos contagia y es peligroso para la república y el buen vivir.
Decreto de expulsión de los judíos de 1492. Granada
AUTOR
Reyes Isabel I y Fernando de Aragón, Reyes Católicos
FECHA
1492