CITAS

(en las que aparece)

E que puedan… solamente para sus fijos tener estudios de las çiençias judaycas en qualesquier çibdades e tierras

CITA TEXTUAL

Martín V en su bula del 13/02/1427: “e que puedan los dichos judios en los dichos reinos de España e Nápoles solamente para sus fijos tener estudios de las çiençias judaycas en qualesquier çibdades e tierras e lugares de los dichos reinos e que puedan oyr e mostrar las dichas çiençias tanto que no lean nin estudien libros algunos latinos nin judiegos contrarios del Viejo Testamento e de los Profetas…” (p.197)

TRADUCCIÓN DE LA CITA

COMENTARIOS A LA CITA

El papa Martín V, en una coyuntura difícil, concede al rey Juan II una bula de protección a los judíos, siguiendo la línea de la concedida en 1421, en la que describe con claridad lo que está pasando con los predicadores, las intimidaciones, ataques y bautismos que sufren los judíos, los protege para que todo ello no ocurra y dispone que puedan enseñar sus conocimiento en escuelas y sinagogas con algún límite. Les permite también asistir a las lecciones de teología con los cristianos, les permite que tengan sus sinagogas y escuelas, que hayan sitios para su sepulturas y que tengan validez sus convenciones y pleitos con los oficiales y jueces de las tierras donde moran en tanto no sean contrarias a las instituciones y ordenanzas canónicas y que a los judíos no se les maltrate, ni se les aprese ni sean molestados o perturbados. El reconocimiento sin desprecio de las ciencias judaicas como su marco legal y cultural es pleno.

OBRAS

(en las que aparece)

AUTOR

FECHA

1450

COMENTARIO DE LA OBRA

1450, octubre, 20. Medina del Campo. Traslado de una Carta Real de confirmación de privilegios y de seguro que Juan II otorgó a las comunidades judías de Castilla en Arévalo el 28 de agosto de 1450, expedida a petición del Procurador General de las aljamas, Sem Tob Alpullate, vecino de la aljama de Alcalá de Henares. La carta inserta las bulas del papa Martín V (20/09/1421 y 13/02/1427), que fueron favorables a los judíos, la del papa Eugenio IV (24/12/1436) y se refiere a la bula de Nicolas V de 1447 en un intento por anular la bula antijudía de Eugenio IV, Super Gregem Dominicum que se había emitido 8 años antes, en 1442 y que invalidaba toda la política regia.

EDICIÓN

CASTAÑO GONZÁLEZ, Javier, “Las aljamas judías de Castilla a mediados del siglo XV: la Carta Real de 1450”, En la España medieval, 18 (1995), pp.181-203.