TÉRMINO

Fieles cristianos nuevos

EXPRESIÓN ORIGINAL

Fieles cristianos nuevos

CITAS (en las que aparece)

Poner la dicha diferençia por sermones e escripturas entre los fieles cristianos nuevos e viejos

CITA TEXTUAL

«Primero, poner la dicha diferençia por sermones e escripturas entre los fieles cristianos nuevos e viejos es cosa muy dañosa, por ser introductoria e senbradora de sçismas e division en la santa eglesia,» (p.422).

TRADUCCIÓN DE LA CITA

COMENTARIOS A LA CITA

El discurso de 1461 presentado en el proceso inquisitorial de Toledo de dicho año intenta hacer matizaciones para obstaculizar la identificación generalizada de los conversos con judaizantes. Así habla de «fieles cristianos nuevos e viejos» (p.422) haciendo de ambos un único grupo que conforma un cuerpo y no hablando de judeoconversos o de judios convertidos o de judíos bautizados. Acompañan la palabra «cuerpo», en este texto, las palabras: «corazón» y «alma» (p.424) para subrayar que todos los cristianso tienen un único corazón y alma. En este sentido, frente a la palabra «cuerpo» que indica la unidad de todos los fieles, asociada exclusivamente a mérito para acceder a cargos y dignidades, en el texto se oponen las palabras: «sangre», «linaje», «cisma» y «división». La cita deja ver una cierta culpabilización a estos franciscanos por agudizar una diferencia que no existía por sus propios intereses. Con la intención de legitimar a los convertidos dando una vertiente histórica antigua y bíblica, el texto habla de «convertidos del pueblo Ysraelítico» a los que denomina fieles y «hermanos» (p.423), en un paralelo que recuerda a las comunidades monásticas. La vuelta de los conversos a su antigua religión desde el cristianismo se justifica por los vituperios, injurias, contumelias y apretamientos que sufren, «por ser perseguidos con odio e enemistad injuriados, robados, diffamados, apartados e maltratados, con desesperaçion algunos dellos fuyen de nuestra santa fee e se tornan judios o moros.» (p.425). Este argumento ya aparece en la Instrucción del Relator Fernando Díaz de Toledo y en el texto del obispo Lope Barrientos, ambos de 1449 para acusar a los rebeldes de Toledo. El texto refiere, igualmente, a Agustín y Juan Crisóstomo para decir que no se heredan los vicios de los padres y, por tanto, nadie debe avergonzarse por ello. Vuelve al tema en un punto en el que el texto se para a discutir la séptima noticia que alegan los franciscanos para predicar; concretamente al ejemplo que ponen los franciscanos de unos judíos de Medina del Campo que vendieron sus bienes y se fueron a convertirse al judaísmo a otras tierras. El autor afirma que los sermones diabólicos de estos franciscanos ahogan la simiente de quienes se han convertido por la dañada diferencia que hacen y porque se les persigue, roba, difama y maltrata (p.440).

OBRAS (en las que aparece)

AUTOR

FECHA

COMENTARIO DE LA OBRA

Se trata de un discurso de unos 20 folios de tono técnico jurídico en romance, que no formó parte de la documentación de la pesquisa-inquisición llevada a cabo entre octubre y abril de 1461-62 en la ciudad de Toledo por orden del Arzobispo Alonso Carrillo y bajo la dirección del prior Jerónimo Alonso de Oropesa y el obispo de Coria, Íñigo Manrique de Lara, sino de una defensa o debate sobre la necesidad de prohibir a los franciscanos observantes predicar, que pudo ser parte de tal inquisición o precederla. El texto se hace eco de los argumentos fuertes de las corrientes proconversas que contestaron la Sentencia-Estatuto de Pedro Sarmiento y el Memorial de Marcos García de Mora durante toda la década de los años 50. El manuscrito presenta a los franciscanos como revitalizadores y resemantizadores de los argumentos anticonversos de 1449, en los años 60. Lo hicieron liderados por Alonso de Espina, carismático predicador, confesor de Enrique IV y hombre con un gran prestigio en la corte. El discurso es anterior al momento en el que se acabaron de escribir dos obras fundamentales y opuestas de la época: el Lumen ad revelationem... de Alonso de Oropesa y el Fortalitium Fidei de Alonso de Espina. El texto se conserva en 2 manuscritos: uno de la segunda mitad del siglo XV y otro de la segunda mitad del siglo XVI. El original no tiene título ni fecha. El editor propone: “Discurso sobre la predicación anticonversa”. La estructura del argumento se organiza en tres artículos: el primero, dividido en 6 causas, explica las consecuencias de los sermones incendiarios y difamatorios contra los conversos que predicaban los franciscanos observantes en las ciudades; el segundo artículo, dividido en 7 razones, describe las características de una buena predicación y explica por qué los franciscanos no cumplen con sus requisitos sino, bien al contrario, cómo los mendicantes hacen sermones escandalosos para indignar al pueblo que crean disturbios y enfrentamientos; el tercer artículo, dividido en 6 razones, intenta compensar el alarmismo de los predicadores y da 12 motivos en los que discute directamente el "libelo" que envió al tribunal inquisitorial el franciscano observante, Rodrigo de Vascones, en respuesta a la carta de los inquisidores que solicitaba a los franciscanos interrumpir sus predicaciones hasta que el tribunal tuviera un veredicto. Vascones contestó, en lo que debió de ser una larga alegación o carta, pues en ella presenta 12 casos concretos que les han impulsado a predicar, que el tribunal no tenía jurisdicción para prohibirles predicar. El texto es una prueba irrefutable de la confrontación de órdenes contemporáneas en el período, también de la estrategia consciente franciscana de movilizar a la población urbana contra los conversos y provocar disturbios y tensiones populares contra ellos ignorando la autoridad de los obispos diocesanos. Franciscanos y dominicos desafiaban la jurisdicción episcopal y defendían su derecho a predicar a las masas de forma autónoma sin necesitar la aprobación de los obispos. De hecho en la pesquisa que se llevó a cabo en Toledo en 1449 para acusar a los conversos de judaizantes, actuaron canónigos de la catedral sin la aprobación del arzobispo Alonso de Carrillo. Posiblemente este discurso tenga relación con la obra de Gutierre de Palma, Breue reprehensorium ad quosdam fratres religiosos, datada recientemente en Toledo en 1465, en defensa de los conversos, que desarrolla argumentos similares contra los predicadores mendicantes.  

EDICIÓN

Bautista, Francisco, “Predicación anticonversa, inquisición y tolerancia en un discurso de 1461-1462: en torno a Alonso de Oropesa y Alonso de Espina”, Medieval Encounters 28 (2022), pp.420-446.

BIBLIOGRAFÍA

Izbicki, Thomas M., "Juan de Torquemada's Defense of the 'Conversos'", Catholic Historical Review 85 (1999), pp.195-207. Sigüenza, José de, Historia de la Orden de San Jerónimo, ed. Juan Catalina García, Madrid, Bailly Baillière, 1907, volumen I, pp.340-360.