Aver conpannia en los bienes con los christianos e aconpannar con ellos
CITA TEXTUAL
Bula de Martín V: [lo judíos puedan] “aver conpannia en los bienes con los christianos e aconpannar con ellos en camino e puedan tener entre los dichos christianos cosas de comprar e tyendas e obradores e mercaderias e trabajar e faser sus obras,” (p.195).
TRADUCCIÓN DE LA CITA
COMENTARIOS A LA CITA
El papa Martín V, en pleno cisma con otros dos papas, atiende las peticiones del rey y deja a los judíos de Castilla usar del arte de la medicina con los cristianos y que no sufran penalizaciones como les puso Pedro de Luna, Benedicto XIII. También que puedan tener el oficio de la correduría y de medianeros salvo sobre matrimonios, y el de procuradores y cambiadores entre los cristianos, puedan arrendar, recaudar frutos y rentas y compartir con ellos compañías y hacer negocios entre ellos y en los mismos espacios. Una bula de protección importantísima que va a ser el caballo de batalla de los infantes de Aragón, promoviendo políticas antijudías y Álvaro de Luna promoviendo políticas projudías. No hay el más mínimo problema ni mención a que los judíos se mezclen con los cristianos y colaboren con ellos. El propio papa, bajo presión de los franciscanos observantes italianos, derogará en 1423 esta bula de 1421.
Pragmática real de Juan II del 28 de agosto de 1450
AUTOR
Rey Juan II de Castilla
FECHA
1450